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Cartel de coches
Si adquiriste un automóvil entre los años 2006 y 2013, existe la posibilidad de obtener una restitución de hasta el 15% del costo original de compra. Descubre tu compensación calculando la indemnización:
Si has sido perjudicado por el cártel de coches, no dudes en comunicarte de inmediato. CONTACTA AHORA y un abogado experto te asistirá en la solicitud de tu compensación por los pagos excesivos.
Marcas que forman el cártel de coches
- Alfa Romeo
- Audi
- BMW
- Chevrolet
- Chrysler
- Citroen
- Dodge
- Fiat
- Ford
- Honda
- Hyundai
- Jeep
- Kia
- Lancia
- Lexus
- Mazda
- Mercedes
- Benz
- Mitsubishi
- Nissan
- Opel
- Peugeot
- Porsche
- Renault
- Seat
- Skoda
- Volkswagen
- Toyota
- Volvo
¿Que es el cártel de coches?
El Tribunal Supremo ha confirmado las multas impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2015 a 34 marcas de automóviles en España.
Estas marcas fueron acusadas de formar un cártel al intercambiar información confidencial para controlar el mercado de distribución y venta de vehículos.
Este acuerdo iba en contra de la competencia y perjudicaba a los consumidores, ya que los fabricantes involucrados representan el 90% del mercado automotor.
Las personas afectadas por el cártel de coches y que tienen derecho a reclamar indemnización son aquellas que compraron un vehículo, ya sea mediante compra, leasing o renting, entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas involucradas en el cártel. Esta situación no solo afecta a particulares, sino también a autónomos y empresas.
Si adquiriste un vehículo durante este período, eres un afectado por el cártel y puedes reclamar la indemnización correspondiente, incluso si posteriormente vendiste el vehículo.
El incremento de precio varía según el tipo y modelo del vehículo comprado, pero se estima que las compensaciones podrían ascender hasta un 15% del valor del automóvil adquirido.
Para recuperar el sobrecoste incurrido, cada comprador debe presentar una demanda judicial que incluya un informe pericial indispensable. Dicho informe determinará el monto del sobrecoste sufrido y, en consecuencia, la indemnización a solicitar. Esta demanda debe ser presentada ante el Juzgado de lo Mercantil.
El período de prescripción es de 5 años, según la información proporcionada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este plazo comienza a contar a partir de la fecha de cada sentencia emitida por el Tribunal Supremo en contra de cada marca involucrada en el caso del cártel de automóviles
Para comenzar el proceso de reclamación y solicitar la compensación adecuada, debes presentar la siguiente documentación:
- El contrato de adquisición del vehículo realizado con el concesionario o distribuidora (en caso de leasing, renting o compra-venta).
- La factura de compra del vehículo o comprobante de pago (transferencia bancaria) en caso de haberlo adquirido, o la póliza suscrita con la entidad financiera si se trató de un leasing o contrato de renting.
- La ficha técnica del vehículo o el Permiso de Circulación del automóvil.
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